Pensiones
Pensión por Cesantía

BASE LEGAL
La Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal en su Artículo 32; establece: Se otorgará al elemento que voluntariamente se separe del servicio activo o quede privado de su trabajo remunerado después de los 60 años de edad, siempre que haya cotizado un mínimo de 10 años a la CAPREPOL
REQUISITOS
Tener Cuando menos 60 años de Edad.
Haber aportado a la CAPREPOL cuando menos durante 10 años.
Ser elemento Activo.
DOCUMENTACION
Hoja de Servicios
Licencia Prejubilatoria ó Aviso de Baja
Hoja de sueldos.
Último Recibo de Pago.
Acta de Nacimiento.
CURP.